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Adquisición de la nacionalidad alemana por declaración, de conformidad con el § 5 de la Ley de Nacionalidad (StAG)
Musterexemplare der neuen deutschen Reisepaesse werden im Bundesministeriums des Innern vorgestellt. 23.02.2017, Berlin. Copyright: Inga Kjer/ picture alliance/photothek © picture alliance / photothek
Conforme al § 5 de la Ley de Nacionalidad (StAG), las personas descendientes de un progenitor alemán nacidas después del 23 de mayo de 1949 pueden obtener la nacionalidad alemana mediante una declaración ante la autoridad competente.
Esta posibilidad se aplica a quienes fueron excluidos de adquirir la nacionalidad al nacer debido a las disposiciones discriminatorias por razón de género de la antigua Ley del Reich y de Nacionalidad (RuStAG) vigentes al momento de su nacimiento. Este derecho de declaración es también extensible a sus descendientes.
El grupo de personas beneficiarios incluye a:
- los hijos de un/a progenitor/a alemán/alemana que hayan nacido después del 23 de mayo de 1949 y no hayan adquirido la nacionalidad alemana por nacimiento (hijos de madre alemana y padre extranjero nacidos dentro del matrimonio antes del 1 de enero de 1975 e hijos de padre alemán y madre extranjera nacidos fuera del matrimonio antes del 1 de julio de 1993),
- los hijos nacidos después del 23 de mayo de 1949 cuya madre haya perdido la nacionalidad alemana antes del nacimiento del niño por haber contraído matrimonio con un extranjero con anterioridad al 1 de abril de 1953, de conformidad con el § 17, n.° 6 de la antigua versión de la RuStAG,
- los hijos nacidos después del 23 de mayo de 1949 que hayan perdido la nacionalidad alemana adquirida por nacimiento con anterioridad al 1 de abril de 1953, debido a una legitimación efectuada por un extranjero y efectiva según la legislación alemana, en virtud del § 17, n.° 5 de la RuStAG, y
- los descendientes nacidos después del 23 de mayo de 1949 de los hijos especificados en los apartados 1 a 3
Las personas que tengan su residencia habitual en el extranjero podrán presentar la declaración directamente en la Oficina Federal de Administración o en la representación alemana competente. Esta surtirá efecto tras su recepción por parte de la autoridad competente en materia de nacionalidad (es decir, la Oficina Federal de Administración en caso de que se resida en el extranjero) siempre que se cumplan los demás requisitos.
Aquí encontrará información detallada sobre la adquisición de la nacionalidad por declaración y los formularios correspondientes: Sitio web de la Oficina Federal de Administración
Hoja informativa sobre la adquisición de la nacionalidad alemana por declaración
Declaración sobre la adquisición de la nacionalidad alemana
Anexo a la declaración sobre la adquisición de la nacionalidad alemana
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